Artículo 13 Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto de la renta de las personas físicas

Normativa
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas

Artículo 13. Período impositivo inferior al año natural.



    1.- El período impositivo será inferior al año natural cuando se produzca el fallecimiento del contribuyente en un día distinto al 31 de diciembre.

    2.- En tal supuesto el período impositivo terminará y se devengará el impuesto en la fecha del fallecimiento.

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- Período impositivo inferior al año.

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