MINORACIÓN POR INCENTIVOS A LA INVERSIÓN.
Serán deducibles las cantidades que, en concepto de amortización del inmovilizado, material o inmaterial, correspondan a la depreciación efectiva que sufran los distintos elementos por funcionamiento, uso, disfrute u obsolescencia. Se considerará que la depreciación es efectiva cuando sea el resultado de aplicar al precio de adquisición o coste de producción del elemento patrimonial del inmovilizado alguno de los siguientes coeficientes:- El coeficiente de amortización lineal máximo.
- El coeficiente de amortización lineal mínimo que se deriva del período máximo de amortización.
- Cualquier otro coeficiente de amortización lineal comprendido entre los dos anteriormente mencionados.
| Grupo | Descripción | Coeficiente lineal máximo | Período máximo |
| 1 | Edificios y otras construcciones | 5% | 40 años |
| 2 | Útiles, herramientas, equipos para el tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos | 40% | 5 años |
| 3 (*) | Batea | 10% | 12 años |
| 4 (*) | Barco | 10% | 25 años |
| 5 | Elementos de transporte y resto de inmovilizado material | 25% | 8 años |
| 6 | Inmovilizado intangible | 15% | 10 años |
| (*): Aplicable sólo hasta el ejercicio 2024. A partir del 01/01/2025 la producción de mejillón en batea pasa a actividades agrícolas o ganaderas, según Orden HAC/1347/2024 de 28 de noviembre. | |||
Comentarios
Esquema para la determinación del Rendimiento neto de Actividades en Régimen de Estimación Objetiva del IRPFLibertad de amortización en determinados vehículos y en nuevas infraestructuras de recarga.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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