2425. CRÉDITOS A LARGO PLAZO A OTRAS PARTES VINCULADAS El movimiento de la cuenta es el siguiente: a) Se cargarán a1) A la formalización del crédito, por el importe de éste, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57. a2) Por el ingreso financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso del crédito, con abono, generalmente, a la
cuenta 762. b) Se abonarán por el reintegro anticipado, total o parcial o baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y en caso de pérdidas a la
cuenta 667.
Cuenta 242 Créditos a largo plazo a partes vinculadas

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NRV 19.ª Negocios conjuntos-
NRV 20.ª Operaciones entre empresas del grupo-
NRV 8.ª Activos financieros
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