Plan Contable
189GARANTIAS FINANCIERAS A LARGO PLAZO
Normal Garantías financieras concedidas por la empresa a plazo superior a un año. En particular, avales otorgados, siempre y cuando no proceda su registro en el subgrupo 14. Con carácter general, su movimiento es el siguiente: a) Se abonará: a1) A la constitución, por el valor razonable del pasivo financiero, con cargo a cuentas del subgrupo 57. a2) Por el gasto financiero devengado, con cargo, generalmente, a la cuenta 662. a3) Por el aumento de la obligación, con cargo a la cuenta 669. b) Se cargará: b1) Por la disminución de la obligación y por los ingresos devengados, con abono a la cuenta 769. b2) A la cancelación anticipada, con abono a cuentas del subgrupo 57.
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