Resolución de 21 de Enero de 2020, por el que se aprueba el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020.

Resolución de 21 de enero de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020.




I. INFORMACIÓN Y ASISTENCIA.


II. PREVENCIÓN DE LOS INCUMPLIMIENTOS. FOMENTO DEL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO Y PREVENCIÓN DE FRAUDE.


III. LA INVESTIGACIÓN Y LAS ACTUACIONES DE COMPROBACIÓN DEL FRAUDE TRIBUTARIO Y ADUANERO.

    1. Fuentes de información y avances tecnológicos en análisis de riesgos.
    2. Control de tributos internos.

         a. Actuaciones de comprobación.

            A1. Grupos multinacionales, gran empresa y grupo fiscal.
            A2. Análisis Patrimonial.
            A3. Ocultación de actividades empresariales o profesionales y uso abusivo de sociedades.
            A4. Control de actividades económicas.
            A5. Otras actuaciones de control sobre el cumplimiento de la normativa interna.
            A6. Comprobaciones formales.
            A7. Actuaciones de análisis de la información.
            A8. Otras actuaciones.

         b. Actuaciones de investigación, tramas y auxilio judicial.

    3. Control del fraude aduanero, de los Impuestos Especiales y Medioambientales.

         a. Actuaciones de comprobación.

            A1. Actuaciones de comercio exterior posteriores a la importación.
            A2. Actuaciones en materia de Impuestos Especiales.
            A3. Actuaciones en materia de Impuestos Medioambientales.

         b. Control de autorizaciones y obligaciones formales.
         c. Prevención y represión del contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales.


IV. EL CONTROL DEL FRAUDE EN FASE RECAUDATORIA.

    1. Medidas de prevención y control del fraude fiscal.

        a. Mejoras en la evaluación del riesgo recaudatorio.
        b. Persecución del delito contra la Hacienda Pública y el contrabando.
        c. Adopción de derivaciones de responsabilidad.
        d. Adopción de medidas cautelares.
        e. Presencia de los funcionarios de Recaudación.

    2. Otras medidas de gestión recaudatoria en el ámbito del control recaudatorio.

        a. Seguimiento de insolvencias aparentes.
        b. Cooperación con otras Administraciones Públicas.
        c. Control de la deuda pendiente en período ejecutivo.
        d. Control de deudas suspendidas.
        e. Control de garantías ofrecidas.
        f. Procedimiento de enajenación. Subastas.
        g. Eficacia de las actuaciones de control recaudatorio.


V. LA COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA TRIBUTARIA Y LAS ADMINISTRACIONES DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.



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