PLAZO PARA PROMOVER LA TASACIÓN PERICIAL CONTRADICTORIA
Los interesados podrán promover la tasación pericial contradictoria, dentro del plazo del primer recurso o reclamación que proceda contra la liquidación efectuada de acuerdo con los valores comprobados administrativamente o, cuando la normativa tributaria así lo prevea, contra el acto de comprobación de valores debidamente notificado, de conformidad con lo que establece el artículo 135 de la Ley 58/2003. Resulta importante traer a colación en este apartado la Sentencia del Tribunal Supremo (Resolución 32/2019 de 19.01.2019) por su aclaración respecto a la sujeción o no a plazo de la Tasación Pericial Contradictoria y los efectos del silencio administrativo. En síntesis, la referida Sentencia concluye:Legislación
Art. 104 Ley 58/2003 LGT. Plazos de resolución y efectos de la falta de resolución expresa.Art. 135 Ley 58/2003 LGT. Tasación Pericial contradictoriaArt. 209 Ley 58/2003 LGT. Iniciación del procedimiento sancionador en materia tributaria.Jurisprudencia y Doctrina
Resolución 32/2019 STS. TPC. Procedimiento administrativo donde no cabe silencio administrativoJurisprudencia y Doctrina
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