Motivos para realizar la notificación tributaria pro comparecencia

MOTIVOS


    Los motivos que habilitan la práctica de esta forma de notificación:

    1º. Desconocimiento del sujeto pasivo en el domicilio. Cuando el destinatario resulte desconocido en el domicilio al cual se intenta notificar (el fiscal o el designado por él mismo), es suficiente acreditar en el expediente un único intento fallido para poder notificar por comparecencia.

    2º. Incumplimiento por el obligado tributario de su obligación de comunicar los cambios en su domicilio fiscal a la Administración.

    La notificación dirigida al último domicilio fiscal declarado debe reputarse válida, sin que sea necesaria su publicación mediante edictos.

    Respecto a la necesidad y obligatoriedad de realizar los dos intentos de notificación se han pronunciado los Tribunales. Ejemplo de ello es la Sentencia del TSJ de la Región de Murcia, de 29 de Junio de 2015, Sala de lo Contencioso, que anula una Providencia de Apremio por no constar acreditados en el expediente administrativo los dos intentos de notificación y, por tanto, no poder determinarse si la notificación se realizó conforme a derecho.

    Tenga en cuenta también la Sentencia del Tribunal Supremo STS 1100/2025, de 24 de Julio, que se refiere a las notificaciones que se efectúan por entrega directa de un empleado público de la Administración notificante, y que señala que deben ajustarse a las exigencias establecidas en el artículo 42.2 de la Ley 39/2015, para las notificaciones en papel en el domicilio del interesado, en cuanto a cómo realizar los dos intento de notificación.

Legislación



Art. 112 Ley 58/2003 LGT. Notificación por comparecencia.

Jurisprudencia y Doctrina



Jurisprudencia sobre Notificaciones
Consulta vinculante V2941-23. No es obligatorio notificar por  comparecencia. La AEAT valorará su idoneidad.
STS 1100/2025. Notificaciones por entrega directa de un empleado público: requisitos. Se consideran notificaciones en papel conforme a la Ley 39/2015.

Siguiente: Naturaleza de la notificación tributaria por edictos.

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