Infracción tributaria por incumplir obligaciones de uso del NIF y otros Números o Códigos tributarios o aduaneros. Sanción

Infracción tributaria: Incumplir obligaciones de uso del NIF y otros Números o Códigos tributarios o aduaneros.


    El artículo 202.1 de la LGT establece que la Administración tributaria considerará infracción "el incumplimiento de las obligaciones relativas a la utilización del número de identificación fiscal y de otros números o códigos establecidos por la normativa tributaria o aduanera".

    En este sentido:

    Para la determinación del importe de una sanción tributaria mostramos un esquema básico que pueda ayudar a su comprensión, pues en ocasiones existirán hechos que gradúen (incrementen o reduzcan) la sanción mínima reglada para una infracción determinada. Gráficamente, podríamos resumir los pasos para el cálculo del importe de una sanción tributaria, de la forma:



    En el caso aquí estudiado la tipificación de las sanciones y la determinación de su importe vendrá determinado por el desarrollo del siguiente cuadro explicativo:

INCUMPLIR OBLIGACIONES DE USO DEL NIF Y OTROS NÚMERO O CÓDIGOS TRIBUTARIOS Y ADUANEROS
Calificación de SanciónImporte inicial de la SanciónGraduación de la SanciónReducción de la Sanción
LeveMulta pecuniaria fija de 150 euros
  1. Comisión repetida
  2. Sin facturación o documentación
  1. Por no interponer recurso
GraveMulta proporcional del 5% con mínimo de 1.000 Euros


Legislación



Art. 202 Ley 58/2003 LGT. Incumplir las obligaciones relativas a uso y solicitud del NIF u otros


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