Artículo 118. Ámbito subjetivo.
Participarán en los tributos del Estado con arreglo al modelo descrito en esta sección los municipios a los que se refiere el artículo 111 de esta ley.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.