526Retorno cooperativo y remuneración discrecional a pagar a corto plazo
526. «Retorno cooperativo y remuneración discrecional a pagar a corto plazo».
Deudas a corto plazo con socios por retornos cooperativos y remuneraciones discrecionales al capital social resultantes del reparto del beneficio disponible en los términos previstos por la ley.
Su movimiento es el siguiente:
a) Se abonará, con carácter general, por el importe del retorno cooperativo o remuneración discrecional, al aprobarse la aplicación de los excedentes, con cargo a la cuenta 129.
b) Se cargará:
b1) Por la retención a cuenta de impuestos, con abono a la cuenta 475.
b2) Al pago, con abono a cuentas del subgrupo 57.
Asientos Contables
- Asientos retorno cooperativo y remuneracion a c/p.
Legislación
- Art. 48 Ley 27/1999. Remuneración de las aportaciones.
- Norma 11ª Orden EHA/3360/2010. Distribución de resultados.
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