Pyme y Normal La valoración de las adquisiciones de bienes a los socios para la gestión cooperativa se realizará, en el momento en que se lleve a cabo la operación, por el precio de adquisición, es decir, por el importe pagado o pendiente de pago correspondiente a la transacción efectuada, sin perjuicio de lo indicado posteriormente.
Dentro del subgrupo 60 «Compras» contenido en la cuarta y quinta parte del Plan General de Contabilidad y del PGC-PYMES, podrá emplearse la cuenta
605 «Compras efectuadas a los socios», cuyo movimiento y definición son los siguientes:
Aprovisionamiento de la sociedad cooperativa de bienes incluidos en los subgrupos 30 y 31 adquiridos a los socios de la cooperativa.
Esta cuenta
se cargará por el importe de las compras efectuadas a los socios de acuerdo con lo dispuesto en esta Norma, a la recepción de las remesas de los socios o a su puesta en camino si las mercaderías y bienes se transportasen por cuenta de la cooperativa, con abono a la cuenta
4007 o a cuentas del subgrupo 57.
En particular, las estimaciones de las circunstancias en que se apoya el precio de adquisición producirán, en su caso, el cargo o abono de esta cuenta, con abono o cargo, respectivamente, a la cuenta
4007, con carácter general.
.
. Ejercicio económico y determinación de resultados.-
. Adquisiciones de bienes a los socios.