Registro contable: Acreedores por Fondo de Reserva Voluntario a largo plazo. Cuenta 1713.

Normas sobre los Aspectos Contables de las Sociedades Cooperativas

1713Acreedores por Fondo de Reserva Voluntario a largo plazo

Pyme y Normal    El «Fondo de Reserva Voluntario» constituye un fondo que se destina a la consolidación, desarrollo y garantía de la sociedad cooperativa, por lo que se identifica con una partida de los fondos propios, calificándose como una reserva voluntaria.

    Si el «Fondo de Reserva Voluntario» es parcialmente repartible y reúne la definición de pasivo financiero a largo plazo, se registrará contablemente en la cuenta:

    1713. «Acreedores por Fondo de Reserva Voluntario a largo plazo».

    Importe del Fondo de Reserva Voluntario repartible que tenga la consideración de pasivo financiero.

    Su movimiento es el siguiente:

    a) Se abonará por la aplicación del resultado de la sociedad cooperativa con los criterios establecidos en la ley, con cargo a la cuenta 129 o a la cuenta 6647 si la dotación es obligatoria.

    b) Se cargará por la disposición que se haga del fondo, en los términos previstos en la ley y por su traspaso al corto plazo con abono a la cuenta 5213.



Asientos Contables



- Asientos acreedores Fondo Reserva Voluntario

Legislación



- Art. 58 Ley 27/1999. Aplicación de los excedentes.
- Norma 4ª Orden EHA/3360/2010. Fondos de reserva específicos de las sociedades cooperativas.

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