Disposición final primera. Ley 18/2002, de 5 de Julio, de cooperativas de Cataluña

Normativa
Ley 8/2002, de 5 de julio, de cooperativas de Cataluña

Disposición final primera. Reglamento regulador del Registro General de Cooperativas de Cataluña y Reglamento regulador del Registro de Cooperativas de Crédito de Cataluña.


  Redacción válida hasta la entrada en vigor de la Ley 12/2015, de 9 de julio, de cooperativas de Cataluña.


    El Gobierno debe aprobar, en el plazo de un año, a contar de la publicación de la presente Ley la modificación del Decreto 33/1993, de 9 de febrero, regulador del Registro General de Cooperativas de Cataluña, así como el Reglamento regulador del Registro de Cooperativas de Crédito de Cataluña.


NOTA: Redacción modificada por Ley 13/2003, de 13 de junio.

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