Asientos de cooperativas. Cuenta 756. Ingresos por operaciones con socios.


DebeHaber
XXXDeudores varios, Socio (44-)
Ingresos por operaciones con socios (756)XXX

    Una vez analizada la fiscalidad que sea de aplicación a la operación efectuada, si la misma se encuentra sujeta y no exenta de IVA deberá incluir en el haber la cuenta 477 «Hacienda Pública, IVA repercutido» por el importe devengado correspondiente.


Nota sobre los ingresos por operaciones con socios


   La Orden EHA/3360/2010 establece, en su Norma Décima, que las aportaciones que constituyan la contraprestación efectuada por los socios a cambio de la entrega de bienes o prestación de servicios cooperativizados, presentes o futuros, se entienden realizadas en términos de compensación de costes, por lo que la cuenta 756. «Ingresos por operaciones con socios» recogerá el importe de la contraprestación, en términos de compensación de costes, efectuada por los socios a cambio de la entrega de bienes o prestación de servicios cooperativizados.

    Los ingresos derivados de las operaciones realizadas con los socios en relación con la actividad normal u ordinaria de la cooperativa formarán parte de la cifra de negocios.

    Cuando no tengan el carácter de actividades ordinarias, para el registro de las operaciones anteriores se creará un desglose en la cuenta de pérdidas y ganancias con la siguiente denominación: «Ingresos por operaciones con socios», que formará parte de la partida 5 «Otros ingresos de explotación».

    Por último, cuando se produzca el cobro efectivo se cancelará el saldo con el socio cooperativista con cargo a la cuenta de tesorería utilizada:

XXXBancos c/c (572)
Deudores varios, Socio (44-) XXX


Legislación



- Norma 10ª Orden EHA/3360/2010. Ingresos consecuencia de operaciones con socios.


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