Artículo 4. Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de Cooperativas de Galicia

Normativa
Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia

Artículo 4. Domicilio social.




    La sociedad cooperativa tendrá su domicilio social dentro del territorio de la Comunidad  Autónoma de Galicia, en el lugar donde realice principalmente sus actividades económicas y  sociales cooperativizadas con sus socios o centralice su gestión administrativa y dirección  empresarial.

Equivalencia Normativa



Art. 3 Ley 27/1999 LGC. Domicilio.

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