Artículo 2. Decreto 214/2015, Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro Cooperativas de CLM

Normativa
Decreto 214/2015, Reglamento de Organización y Funcionamiento Registro Cooperativas de CLM

Artículo 2. Naturaleza y organización del Registro.



    1. El registro de cooperativas de Castilla-La Mancha es un registro jurídico y público, dependiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, adscrito a la Consejería competente en materia de trabajo.

    2. Es un registro único, con una organización desconcentrada, integrado por: a) Una unidad regional, dependiente de la persona titular de la dirección general competente en materia de trabajo.

    b) Cinco unidades provinciales, dependientes de los directores provinciales de la Consejería competente en materia de trabajo en cada provincia.

    Las unidades registrales actuarán de oficio, bajo los principios de coordinación, eficacia y celeridad.

    3. En cada unidad del registro existirá un encargado, que será la persona titular de la jefatura del servicio competente en materia de trabajo, tanto de la dirección general competente en materia de trabajo respecto de la unidad regional, como de las direcciones provinciales en cada provincia, respecto de las unidades provinciales.

    4. Los encargados de cada unidad del registro practicarán los asientos en los libros de inscripciones, diligenciarán los títulos y los libros y emitirán las certificaciones y notas simples informativas que correspondan.

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