Artículo 1. Ley 8/2006, de 23 de diciembre, de Cooperativas Especiales de Extremadura

Normativa
Ley 8/2006, de 23 de diciembre, de cooperativas especiales de Extremadura

Artículo 1. Concepto.




    La sociedad cooperativa especial es un empresario social con personalidad jurídica propia constituido para la satisfacción de las necesidades económicas de sus socios, quienes tienen las obligaciones esenciales de aportar capital social y realizar actividad cooperativizada y el derecho esencial de participar en la gestión de los asuntos
sociales.

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