Asiento de Compra de propiedad intelectual

Asiento de Compra de propiedad intelectual

DebeHaber
XXXPropiedad Intelectual (203-)
XXXHacienda Pública, IVA soportado (472)
Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros (572)XXX

    La cuenta Propiedad Intelectual (203-) recoge el importe de los elementos de esta clase de inmovilizado intangible propio de la empresa, entre otros se pueden considerar los siguientes:
  1. Películas cinematográficas.

  2. Obras y trabajos literarios, artísticos o científicos.
    El asiento anterior se realizará cuando se compren estos derechos y pasen a formar parte del inmovilizado inmaterial de la empresa.

    Como todo inmovilizado intangible, para poder ser registrado ha de ser identificable, es decir y de acuerdo con la Norma de Valoración 5ª del Plan General Contable Pyme, que cumpla alguno de los 2 siguientes requisitos:
  1. Ser separable, es decir, susceptible de ser serparado de la empresa y vendido, cedido, entregado pra su explotación, arrendado o intercambiado.

  2. Surgir de derechos legales o contractuales, con independencia de que tales derechos sean transferibles o separables de la empresa o de otros derechos u obligaciones.
    
En ningún caso se reconocerán como inmovilizados intangibles los gastos ocasionados con motivo del establecimiento, las marcas, cabeceras de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes u otras partidas similares, que se hayan generado internamente.


* De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (artículo 25.4 -Ley 35/2006-), los rendimientos derivados de este tipo de inmovilizado se considerarán Rendimientos del Capital Mobiliario ya que no han sido elaborados por la empresa (los ha comprado).



Jurisprudencia



Consulta 2 BOICAC nº 89/2012 Explotación de derechos de autor

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