- Cuando se trate de las siguientes entregas de bienes inmuebles:
- Las entregas efectuadas como consecuencia de un proceso concursal.
- Las entregas exentas en las que el sujeto pasivo hubiera renunciado a la exención.
- Las entregas efectuadas en ejecución de la garantía constituida sobre los bienes inmuebles.
- Cuando se trate de ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, así como las cesiones de personal para su realización, consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista que tengan por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o rehabilitación de edificaciones.
- Cuando se trate de entregas de Plata, platino y paladio, teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales (aplicable a partir de 1 de abril de 2015)
- Entregas de desperdicios o desechos de papel, cartón o vidrio.
- Entregas de desechos de todo tipo de metales y su manipulación.
- Derechos de emisión, reducciones certificadas de emisiones y unidades de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
- Otros.
Legislación
Art.84 Ley 37/1992. Sujetos pasivos.Comentarios
Inversión del sujeto pasivo en entrega de bienes inmuebles consecuencia de un proceso concursal.Inversión del sujeto pasivo en entrega de bienes inmuebles en las que el sujeto renuncia a la exención.Inversión del sujeto pasivo en entrega de bienes inmuebles efectuadas en ejecución de la garantía.Inversión del sujeto pasivo en ejecuciones de obra.Inversión del sujeto pasivo en entrega de Plata, platino y paladioISP en entrega de teléfonos móviles, consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletasQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.