CASO PRÁCTICO DE CONTABILIDAD
ARRENDAMIENTOS Y FIANZAS.
RCRCR, S.A. alquila un vehículo pagando al inicio del contrato de alquiler una fianza de 3.000 euros a devolver al finalizar el mismo. Se establece en el contrato de alquiler el pago de una cuota mensual por importe de 500 euros. La duración del contrato es de 4 años y el tipo de interés de mercado aplicable a la operación es del 8%.SOLUCIÓN Es la
NRV 9.ª del PGC, la que establece que en "las fianzas entregadas o recibidas por arrendamientos operativos o por prestación de servicios, la diferencia entre el valor razonable y el importe desembolsado se considerará como un pago o un cobro anticipado por el
arrendamiento o prestación del servicio y se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias durante el periodo del arrendamiento o durante el periodo en el que se preste el servicio. Al estimar el valor razonable se tomará como periodo remanente el plazo contractual mínimo durante el cual no se pueda devolver su importe". Así habremos de determinar el Valor Actual -4 . Valor actual de la fianza: 3.000 x (1,08) = 2.205,09 Euros. . Diferencia entre el valor razonable y el importe entregado: 3.000 - 2.205,09 = 794,91 Euros.. Por la fianza entregada al inicio del contrato de arrendamiento:
2.205,09 (260) Fianzas constituidas a L/P 794,91 (480) Gastos anticipados a (57-) Tesorería 3.000 --- x --- Cierto es, que establece la referida
NRV 9.ª que, cuando la fianza sea a corto plazo, no será necesario realizar el descuento de flujos de efectivo si su efecto no es significativo. De esta forma, los asientos que habrán de realizarse a lo largo de los cuatro ejercicios económicos que dura la prestación serán los presentados a continuación (teniendo en cuento que variarán los importes en la actualización de intereses):. Por cada una de las cuotas mensuales que se vayan abonando:
500 (621) Arrendamientos y cánones 90 (472) H.P. IVA soportado a (57-) Tesorería 590 --- x ---. Por el ingreso financiero devengado (31/12/----):
176,41 (260) Fianzas constituidas a L/P (2.205,09 * 8%) a (762) Ingresos de créditos a L/PTesorería 176,41 --- x ---. Por la imputación a pérdidas y ganancias de los gastos anticipados (31/12/----):
198,73 (621) Arrendamientos y cánones (794,91 / 4 años) a (480) Gastos anticipados 198,73 --- x ---Ingreso Financiero Año 2: (2.205,09 + 176,41) * 8% =
190,52 Euros.Ingreso Financiero Año 3: (2.205,09 + 176,41 + 190,52) * 8% =
205,76 Euros.Ingreso Financiero Año 4: (2.205,09 + 176,41 + 190,52 + 205,76) * 8% =
222,22 Euros. Por otro lado, la
Consulta 1 del BOICAC nº 85 el arrendador, en el caso de que el plazo de arrendamiento se prorrogue, deberá estimar de nuevo el valor razonable de la fianza recibida en función del nuevo vencimiento y el tipo de interés incremental, entendido este como aquel al que podría financiarse en situaciones equivalentes.. Por la devolución de la fianza, registraríamos el cobro, previa la reclasificación pertinente:
3.000 (565) Fianzas Constituidas a C/P a (260) Fianzas Constituidas a L/P 3.000 --- x ---
3.000 (57-) Tesorería a (565) Fianzas Constituidas a C/P 3.000 --- x ---

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Consulta 3 BOICAC nº 98/2014 Factura de contrato de arrendamiento operativo
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