El Valor nominal de cada acción es de 1 euro. La sociedad adquirió 10.000.000 de acciones propias.Durante el ejercicio 20X1 la sociedad ha realizado las siguientes operaciones:
Con fecha 05/05/20X1 se toman los siguientes acuerdos en junta general de accionistas para la distribución del resultado del ejercicio:
Cumplir los requisitos legalmente establecidos.
Aprobar un dividendo de 0,25 euros por acción.
Destinar a reservas de libre disposición el resto del resultado.
Por otro lado se acuerda que, con cargo a las reservas de libre disposición, se ofrezca a los accionistas las siguientes opciones:
Recibir un segundo dividendo en efectivo.
Suscribir acciones totalmente liberadas.
Así a cada accionista se le reconoce un derecho por acción que posee que podrá optar por cobrar en efectivo de la sociedad o entregar los derechos correspondientes a las acciones que posee y recibir las acciones nuevas, o vender los derechos en el mercado secundario.
Con fecha 05/06/20X1, se abona el primer dividendo pactado en junta.
Con fecha 01/10/20X1, fecha habilitada al efecto, la sociedad ha computado 10.000.000 de derechos que quieren cobrar el segundo dividendo en efectivo, mientras que el resto de accionistas aportan los derechos necesarios para acudir a la ampliación de capital totalmente liberada. La Sociedad adquiere los referidos derechos abonando a los accionistas el importe en ese momento. La ampliación de capital queda pendiente de inscripción en el Registro Mercantil.Quince días antes, la sociedad había determinado que para aquellos accionistas que decidieran cobrar el dividendo en efectivo, compraría los derechos abonando 1,40 euros/derecho. Al mismo tiempo, toma la cuantía de 4 euros/acción como referencia para emitir las acciones nuevas.
Con fecha 01/11/20X1, se produce la inscripción de la escritura de ampliación de capital en el Registro Mercantil. Los gastos de la ampliación son de 70.000 euros.
Con fecha 28/12/20X1, distintas circunstancias obligan a la sociedad a vender la totalidad de las acciones propias por importe de 5 euros la acción; los gastos que acompañan la operación son de 0,03 euros por acción.
Solución:
El número de acciones de la sociedad es de 80.000.000 acciones (80.000.000/1 Euro).Las acciones propias adquiridas tiene un precio de 2 Euros/acción propia (20.000.000/10.000.000).El número de acciones propias excede del máximo de acciones propias que establece para las sociedades cotizadas el artículo 509 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (TRLSC), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 Julio: 10% del capital suscrito, por lo que se dispone de un año desde la fecha de la primera adquisición para enajenarlas o venderlas.
1.- Distribución del Resultado:
El TRLSC establece en su artículo 274 que en todo caso se destinará a la reserva legal un 10% del beneficio hasta que ésta alcance el 20% del capital social.Observamos que existe una Reserva Legal ya dotada por importe de 12.000.000, es decir, no ha alcanzado todavía el 20% de capital social (80.000.000 x 20% = 16.000.000), por lo que subsiste la obligación de dotar a la reserva legal el 10% del resultado. Así tendríamos:
Dotación a la reserva legal = 32.000.000 x 10% = 3.200.000 euros
Por otro lado, el TRLSC en su artículo 148.a) establece que los derechos económicos inherentes a las acciones propias se atribuirán proporcionalmente al resto de las acciones. En este sentido tendríamos 70.000.000 de acciones en circulación (80.000.000 acciones - 10.000.000 acciones propias), por lo que el dividendo a repartir vendría dado por:
Reparto de dividendos = 70.000.000 x 0,25 = 17.500.000 euros
05.05.20X1. Por el asiento de aplicación del resultado:
H.P. Acreedora por retenciones y pagos a cuenta (4751) (14.000.000 x 19%)
2.660.000
4.- Ampliación de capital:
Si las nuevas accciones tienen un precio de referencia de 4 euros/acción, mientras que las acciones actuales de la sociedad tienen un valor nominal de 1 euro/acción quiere decir que la proporción de la ampliación será de 1 acción nueva por cada 4 antiguas. Además debemos tener en cuenta que 10.000.000 de acciones han renunciado a la ampliación a cambio del dividendo. Luego:
Nuevas a acciones a emitir = (80.000.000 - 10.000.000) x14= 17.500.000
Hemos de tener en cuenta que las acciones que han vendido su derecho a la sociedad no participan en la ampliación, pero sí las propias que tiene la sociedad dado que se trata de una ampliación liberada y conforme con el artículo 148.a) TRLSC a las acciones propias les corresponde el derecho de asignación gratuita.
Se venden la totalidad de las acciones propias que, tras la ampliación de capital liberada producida durante el ejercicio, nos muestra un total de 12.500.000 acciones ((10.000.000 + (10.000.000 x 1/4)).
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