Caso Práctico. Derechos como pago de dividendos. Inversiones disponibles para la venta. PGC Normal

Casos prácticos de contabilidad

DERECHOS RECIBIDOS COMO PAGO DE DIVIDENDOS. INVERSIONES CALIFICADAS COMO DISPONIBLES PARA LA VENTA (PGC NORMAL)


    La sociedad RCRCR, S.A. adquiere, con fecha 01/10/20X0, 5.000 acciones de la sociedad SUPERCONTABLE.COM, a un precio unitario de 20 euros la acción. Los gastos inherentes a la compra han supuesto un 0,80% del total.

    El 01/05/20X1 se aprueban las cuentas anuales de SUPERCONTABLE.COM, acordando la junta general de accionistas repartir un dividendo de 3 euros por acción, ofreciendo a los accionistas las siguientes posibilidades:
  1. Adquirir nuevas acciones totalmente liberadas.
  2. Enajenar los derechos de asignación gratuita en el mercado a un precio de 2 euros acción.
  3. Vender los derechos a la propia sociedad, que abona el importe de la venta.

    El valor razonable de la acción a 31 de diciembre de 20X0 es de 70 euros/acción. A fecha 01/05/20X1, éste es de 60 euros/acción. La relación de canje es de 1 acción nueva por cada 20 antiguas.

    Las acciones están clasificadas en la categoría de "activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto" (antigua "activos financieros disponibles para la venta").

Solución:


    De acuerdo con la norma de registro y valoración 9ª del Plan General Contable, tras la reforma de 20X1, los anteriores "Activos financieros disponibles para la venta" se incluyen en la categoría de "Activos financieros a valor razonable con cambios en Patrimonio Neto", no contemplada (ni permitida) en el PGC PYME.

    Este tipo de activos se valorarán inicialmente por su valor razonable que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada, más los costes de transacción que les sean directamente atribuibles. Formará parte de la valoración inicial el importe de los derechos preferentes de suscripción y similares que, en su caso, se hubiesen adquirido.

  • 01/10/20X1. Por la adquisición de las acciones (5.000 x 20 + 5.000 x 20 x 0,08%):

100.800Inversiones financieras a L/P en instrumentos del patrimonio (250)
Bancos c/c (572)100.800


    De acuerdo con la referida norma de registro y valoración 9ª del PGC, la valoración posterior de este tipo de activos se realizará a valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación. Los cambios que se produzcan en el valor razonable se registrarán directamente en el patrimonio neto, hasta que el activo financiero cause baja del balance o se deteriore, momento en que el importe así reconocido, se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias. En este sentido tendríamos:
  • Valor en libros: 100.800 euros.

  • Valor razonable: 5.000 x 70 euros = 350.000 euros.

  • Incremento: 249.200 euros.

  • 31/12/20X0. Imputación al Patrimonio Neto del aumento en el valor razonable:

249.200Inversiones financieras a L/P en instrumentos del patrimonio (250)
Beneficios en activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto (900)249.200


  • Regularización de los grupos 8 y 9:

249.200Beneficios en activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto (900)
Ajustes por valoración en activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto (133)249.200


1.- Adquirir nuevas acciones totalmente liberadas:


    En mayo de 20X1, tanto las acciones antiguas como las nuevas se reconocerán a valor razonable, hecho que motivará la variación correspondiente en el patrimonio neto de la empresa. Ahora bien, la valoración es de 60 euros/acción, y de acuerdo a la norma de registro y valoración 9ª del PGC, en caso de que el activo se deteriore se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias, pero aclara que para que se produzca deterioro será como resultado de uno o más eventos que hayan ocurrido después de su reconocimiento inicial, y que ocasionen, en el caso de inversiones en instrumentos de patrimonio, la falta de recuperabilidad del valor en libros del activo, evidenciada, por ejemplo, por un descenso prolongado o significativo en su valor razonable. En todo caso, se presumirá que el instrumento se ha deteriorado ante una caída de un año y medio y de un cuarenta por ciento en su cotización, sin que se haya producido la recuperación de su valor, sin perjuicio de que pudiera ser necesario reconocer una pérdida por deterioro antes de que haya transcurrido dicho plazo o descendido la cotización en el mencionado porcentaje.

    Entendemos que no se produce la circunstancia referida, por lo que la disminución de valor habrá de imputarse en el patrimonio neto. Así:
  • Valor en libros: 350.000 euros.

  • Valor razonable: 5.000 x 60 euros = 300.000 euros.

  • Disminución: 50.000 euros.

  • 01/05/20X1. Imputación al Patrimonio Neto de la disminución del valor razonable:

50.000Pérdidas de activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto (800)
Inversiones financieras a L/P en instrumentos del patrimonio (250)50.000


  • Regularización de los grupos 8 y 9:

50.000Ajustes por valoración en activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto (133)
Pérdidas de activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto (800)50.000


    Para determinar el dividendo y el número de acciones que le corresponden, seguimos los criterios marcados en la Consulta nº 1 del BOICAC 88 de diciembre de 2011, que establece si se reciben acciones liberadas, tanto las antiguas como las nuevas se reconocerán a valor razonable, originando la correspondiente variación en el patrimonio neto de la empresa (al estar calificadas como disponibles para la venta -a valor razonable con cambios en el patrimonio neto-):
  • Dividendo: 5.000 x 3 euros/acción = 15.000 euros.

  • Valor razonable de la acción: 60 Euros.

  • Número de acciones: 15.000/60 = 250 acciones.

  • 01/05/20X1. Imputación al Patrimonio Neto (250 acciones x 60 euros):

15.000Inversiones financieras a L/P en instrumentos del patrimonio (250)
Beneficios en activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto (900)15.000


  • Regularización de los grupos 8 y 9:

15.000Beneficios en activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto (900)
Ajustes por valoración en activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto (133)15.000


2.- Enajenar los derechos de asignación gratuita en un mercado secundario:


    En este segundo caso habríamos de repetir los mismos asientos desarrollados en el primer apartado que se corresponden con la actualización de las acciones a valor razonable (60 euros/acción).
    
    Para poder vender los derechos, previamente calculamos el valor teórico de los mismos:
  • Por cada 20 acciones antiguas (a 60 euros = 1.200 euros) tenemos 1 acción nueva (a 0 euros).

  • El nuevo valor de las acciones es de 57,14 euros (1.200 / 21).

  • El valor teórico razonable del derecho sería 60 - 57,14 = 2,86 euros.

  • Separamos los derechos de la totalidad de la inversión (5.000 x 2,86 euros):

14.300Derechos de suscripción (250-)
Inversiones financieras a L/P en instrumentos del patrimonio (250)14.300


  • Registramos la venta de los derechos (5.000 x 2 euros):

10.000Bancos c/c (572)
4.300Pérdidas de disponibles para la venta (6632)
Derechos de suscripción (250-)14.300<


    Finalmente habrá de traspasarse a resultados del ejercicio la parte que se había imputado al patrimonio neto. Para ello tendremos que calcular la diferencia entre el coste del derecho asignado y su valor teórico razonable. Así:
  • Valor razonable del derecho: 2,86 euros.

  • Valor adquisición de las acciones: 100.800 / 5.000 acciones = 20,16 euros/acción.

  • Valor 20 acciones antiguas x 20,16 euros = 403,20 euros

  • Valor 21 acciones tras ampliación: 403,20 / 21 = 19,20 euros/acción.
  • Coste del derecho: 20,16 - 19,20 = 0,96 euros.

  • Diferencia (valor razonable - coste del derecho): 2,86 - 0,96 = 1,90 euros.

  • Traspaso a resultados del ejercicio (5.000 x 1,90):

9.500Transferencia de beneficios en activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto (802)
Beneficios de disponibles para la venta (7632)9.500


  • Regularización:

9.500Ajustes por valoración en activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto (133)
Transferencia de beneficios en activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto (802)9.500


3.- Vender los derechos a la propia sociedad, que abona el importe de la venta:


    Relativamente sencillo el registro contable si lo comparamos con las anteriores modalidades, pues simplemente se deriva un derecho de cobro por el importe de los derechos que van a ser adquiridos por la sociedad.Así:

  • Por el devengo (5.000 x 2):

10.000Dividendo a cobrar (545)
Ingresos de participaciones en instrumentos del patrimonio (760)10.000


  • Por el cobro del dividendo:

8.100Bancos c/c (572)
1.900HP retenciones y pagos a cuenta (473) (10.000 x 19% de retención)
Dividendo a cobrar (545)10.000



Jurisprudencia



- Consulta 2 BOICAC nº 47/2001 Dividendos percibidos mediante acciones de sociedad que reparte dividendo
- Consulta 1 BOICAC nº 88/2011 Derechos recibidos en el pago de un dividendo
- Consulta 9 BOICAC nº 113/2018 Dividendos en inversión sucesiva
- Consulta 12 BOICAC nº 85/2011 Reparto dividendos desde pto de vista que los recibe.


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