Asiento de titular de la explotación- Empresario autónomo realiza aportación a la empresa

Asiento de titular de la explotación- Empresario autónomo realiza aportación a la empresa

DebeHaber
XXXPropiedad industrial (203)
Titular de la explotación (550)XXX

Notas sobre la Cuenta "Titular de la Explotación".


    La cuenta Titular de la explotación (550) reflejará la cuenta corriente mantenida con el titular de la explotación. Aquí se recogerá la relación existente entre el patrimonio personal del empresario individual y la empresa a lo largo del ejercicio.

    Esta cuenta se abonará cuando el empresario individual o titular de la explotación aporte desde su patrimonio personal a la empresa elementos o componentes de los grupos:
  1. Grupo 2. Activos No Corrientes.

  2. Grupo 3. Existencias.

  3. Grupo 4. Acreedores y deudores por operaciones de tráfico.

  4. Grupo 5. Cuentas financieras (dinero, acciones, etc.).

    La cuenta de Propiedad Industrial (203) recoge el importe de la propiedad o el derecho al uso de las distintas manifestaciones de la propiedad industrial. También puede adquirirse la Propiedad Industrial en virtud del registro de:
  1. Patentes.

  2. Marcas o signos distintivos.

  3. Modelos o dibujos industriales.

  4. Nombres comerciales y rótulos de establecimientos.
    
    En este caso el empresario aporta a la empresa una Propiedad Industrial que posee en su patrimonio personal.

ANEXOS
550203

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