

- En 2015, cuando la empresa compra la máquina en la contabilización del IVA aplicará la prorrata definitiva del año anterior (75 %): 37.890 Maquinaria (223) 5.670 Hac. Públ., IVA soportado (472) a Bancos (572) 43.560 --- x ---El 31 de diciembre de ese mismo año realizará el ajuste de la prorrata provisional a la prorrata definitiva del año (70 %), la cual será la PRORRATA DEL AÑO BASE (la que tomaremos como referencia los años de regularización):IVA soportado DEDUCIBLE: 36.000 x 0,21 x 0,70 = 5.292 eurosIVA soportado DEDUCIDO: 36.000 x 0,21 x 0,75 = 5.670 euros --------- Diferencia = - 378 eurosDeberemos realizar un ajuste negativo en el IVA soportado para adecuar la prorrata provisional a la definitiva del Año Base: 378 Ajustes negativos IVA inversiones (6342) a Hacienda Pública, IVA soportado (472) 378 --- x ---
- El 31 de diciembre de 2016 (el año siguiente) se compara la prorrata definitiva de este año con la Prorrata del Año Base: Prorrata Año Base = 70 % Prorrata Año 2016 = 85 %Comprobamos que la diferencia entre ambas prorratas es mayor de 10, por lo tanto procede la regularización.Al importe que tendremos que regularizar lo llamaremos Q y lo calcularemos a partir de la siguiente fórmula: IVA Deducible año actual - IVA Deducido año base Q = -------------------------------------------------- 5 ó 10 (según proceda)En este caso dividiremos por 5 ya que sólo se divide por 10 cuando se trate de terrenos o edificaciones. Si Q resulta una cantidad negativa realizaremos un ajuste negativo en el IVA inversiones. Si Q resulta una cantidad positivo realizaremos un ajuste positivo en el IVA inversiones.IVA deducible en 2016 = 36.000 x 0,21 x 0,85 = 6.426 euros 6.426 - 5.292 Q = --------------- = 226,80 euros 5En el año 2016 realizaríamos un ajuste positivo en el IVA de inversiones: 226,80 Hacienda Pública, IVA soportado (472) a Ajustes positivos IVA inversiones(6392) 226,80 --- x ---
- El 31 de diciembre de 2017 de nuevo comparamos la prorrata definitiva de este año con la Prorrata del Año Base: Prorrata Año Base = 70 % Prorrata Año 2017 = 64 %Como no existe una diferencia de más de 10 puntos no procederá la regularización este año.
- El 31 de diciembre de 2018 comparamos la prorrata definitiva de este año con la Prorrata del Año Base: Prorrata Año Base = 70 % Prorrata Año 2018 = 60 %Este año tampoco procede la regularización porque la diferencia es de 10 puntos exactos y tiene que ser superior a 10 puntos.
- El 31 de diciembre de 2019 volvemos a comparar las prorratas: Prorrata Año Base = 70 % Prorrata Año 2019 = 56 %Al ser la diferencia entre ambas mayor a 10 puntos deberemos realizar la regularización.IVA deducible en 2019 = 36.000 x 0,21 x 0,56 = 4.233,60 euros 4.236,60 - 5.292 Q = ------------------ = - 211,08 euros 5En el año 2019 realizaremos un ajuste negativo en el IVA de inversiones: 211,08 Ajustes negativos IVA inversiones(6342) a Hacienda Pública, IVA soportado (472) 211,08 --- x ---



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