Asiento de liquidación positiva del Impuesto de Sociedades existiendo deducciones o bonificaciones objeto de periodific.
Asiento de los Pagos Fraccionados del Impuesto
(Aclaraciones sobre pagos fraccionados)Obligación de Declarar
Asiento Reducción del Impuesto por Deducciones
(Aclaraciones sobre Deducciones)Notas sobre la Liquidación del Impuesto sobre Sociedades
El asiento inicial presentado nos muestra una liquidación típica del Impuesto sobre sociedades. En concreto la liquidación del impuesto corriente, es decir, la cantidad que satisface la empresa como consecuencia de las liquidaciones fiscales del impuesto sobre sociedades relativas a un ejercicio. "Las deducciones y otras ventajas fiscales en la cuota del impuesto, excluidas las retenciones y pagos a cuenta, así como las pérdidas fiscales compensables de ejercicios anteriores y aplicadas efectivamente en éste, darán lugar a un menor importe del impuesto corriente". Así lo establece la Norma de Valoración 15ª del PGC Pyme. Así, de una lectura de la mencionada norma de valoración, entendemos que el impuesto corriente coincide con el importe a pagar aplicando la normativa fiscal, es decir coincidirá con la cuota líquida del impuesto.| RESULTADO CONTABLE ANTES DE IMPUESTOS |
| + Aumentos del resultado contable (diferencias positivas) |
| - Disminuciones del Resultado contable (diferencias negativas) |
| - Reserva de capitalización (artículo 25 LIS) |
| - Compensación Bases imponible ejercicios anteriores |
| BASE IMPONIBLE |
| x Tipo de gravamen |
| CUOTA ÍNTEGRA |
| - Deducciones y Bonificaciones fiscales |
| CUOTA LÍQUIDA |
| - Retenciones y pagos a cuenta ((473) H.P. Retenciones y Pagos a cuenta) |
| CUOTA DIFERENCIAL |
Inmediatamente después de liquidar el impuesto tendremos que regularizar la cuenta de Resultados del ejercicio (129) ya que el Impuesto de Sociedades se considera un gasto contable del ejercicio (art. 189 Ley de Sociedades Anónimas), aunque fiscalmente no sea gasto deducible : Ahora ya se podrá repartir el saldo de la cuenta (129) el cual refleja el beneficio después de impuestos.Cuando se efectúe el pago de la deuda por impuesto sobre sociedades (normalmente dentro de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio), se realizará el siguiente asiento: Obligación de Declarar
Asiento de los Pagos Fraccionados del Impuesto
En la cuenta (473) Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta deberán estar recogidas las cantidades retenidas a la empresa y pagos realizados por la misma cuenta de impuestos (retenciones de entidades financieras, pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades, etc.) Recordemos que estamos hablando de un derecho de la empresa, luego su funcionamiento en el asiento presentado muestra el descuento de los impuestos ya pagados a cuenta del total a pagar definitivamente. No aparecerá en el activo del balance de situación final, pues habrá sido descontada de la forma presentada en el asiento inicial (caso de existir).Obligación de Declarar
Asiento Reducción del Impuesto por Deducciones
Cuando existan deducciones y bonificaciones de la cuota del impuesto que tengan una naturaleza económica asimilable a las subvenciones, podrán ser objeto de imputación a la cuenta de pérdidas y ganancias en varios ejercicios, por lo que en los años en los que se distribuya el importe, realizaremos el siguiente asiento:Ejemplo
Solución
En este caso la deducción aplicable será de 10.000 x 10% = 1.000 euros.Así en el ejercicio en curso la deducción aplicada será: (1.000 / 5 años = 200 euros)- Luego el asiento que recogerá la diferencia entre el valor en libros y la base fiscal por deducciones, en el ejercicio en que se aplica la deducción, vendrá dado por:
- Posteriormente, en los siguientes ejercicios el asiento a realizar será:
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