Asiento de liquidación del Impuesto de Sociedades con distintos tipos impositivos créditos por compensación de Bases Imponibles negativas

Asiento de liquidación del Impuesto de Sociedades con distintos tipos impositivos créditos por compensación de Bases Imponibles negativas

DebeHaber
XXXHacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta (473)
Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros (572)XXX

    Norma de Valoración 15ª Impuesto sobre Sociedades.

    El asiento anterior recoge el pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades realizado por la sociedad.

Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Artículo 40. El pago fraccionado.

    1. En los primeros 20 días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre, los contribuyentes deberán efectuar un pago fraccionado a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo que esté en curso el día 1 de cada uno de los meses indicados.


    Se contemplan dos métodos para el cálculo del pago fraccionado que se debe realizar:

Método general.


Obligación de Declarar

El importe del pago fraccionado (cuenta 473) debe ser trasladado a la casilla 3 del Modelo 202 y posteriormente descontado de la liquidación del Impuesto sobre Sociedades Modelo 200, casilla 601, 603 y/o 605 según corresponda.
    Consiste en aplicar el 18 % a la base del pago, la cual será:
  1. Cuota íntegra del último período impositivo.

  2. MENOS deducciones y bonificaciones a que se tengan derecho.

  3. MENOS retenciones e ingresos a cuenta del ejercicio.
    Esta operación da lugar a la cuota del ejercicio a ingresar, por lo que en definitiva el pago fraccionado sería el 18% del importe consignado en la casilla 599 del último modelo 200 presentado ante la Administración tributaria.

Método especial.


    Este segundo método, de carácter opcional, consiste en aplicar el porcentaje establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (tipo de gravamen multiplicado por 5/7, redondeado a la unidad por defecto) a la base imponible del impuesto correspondiente a los tres, nueve u once primeros meses del año MENOS las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados efectuados en el período impositivo. No obstante, este método es obligatorio para las empresas cuyo importe neto de la cifra de negocios sea mayor de 6.000.000 de euros.

Para poder realizar el pago fraccionado por este segundo método es imprescindible realizar una declaración censal (modelo 036-037) en la que se manifieste la voluntad de aplicar este método. Si no se hace así antes de terminar FEBRERO se tendrá que aplicar el primer método obligatoriamente.


Cuando presentemos la declaración del Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) podremos deducirnos de la cuota íntegra los pagos fraccionados realizados.


Formularios



- Instrucciones para cumplimentar Modelo 202 de Pago Fraccionado del IS.

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