Asiento de ingresos por alquiler de la propiedad intelectual

Asiento de ingresos por alquiler de la propiedad intelectual

DebeHaber
XXXDeudores (440)
Ingresos propiedad intelectual cedida en explotación 753-XXX
Hacienda Pública, IVA repercutido (477)XXX

Tratamiento Ingresos de Propiedad Intelectual.


    Es la contraprestación por la cesión a terceros del uso de elementos del inmovilizado intangible propio de la empresa, entre otros se pueden considerar los siguientes:
  1. Películas cinematográficas.

  2. Obras y trabajos literarios, artísticos o científicos.

    El asiento anterior se realizará cuando se devenguen estos ingresos y hayamos emitido la correspondiente factura.

    Cuando efectivamente cobremos la cantidad pendiente realizaremos el siguiente registro contable:

XXXBancos (572)
Deudores (440) XXX


    A modo de ejemplo, el detalle contable expresado en este apartado resultará aplicable a los rendimientos de capital mobiliario reglados en el artículo 25.4 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas -IRPF-.

Ver Norma de Valoración 16ª Plan General Contable Pyme.

Jurisprudencia



Consulta 1 BOICAC nº 91/2012 Contrato de suministro a cambio de cesión de derecho de explotación


ANEXOS
440

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