Asiento de ingresos financieros por dividendos de acciones o participaciones sociales
El asiento anterior refleja las rentas a favor de la empresa, que provienen de participaciones en capital de otras entidades (dividendos).
Se abonará cuando nazca el derecho a percibir dividendos, por el importe íntegro de los mismos.
Cuando se liquide el dividendo se realiza el siguiente asiento:
La cuenta Gastos de administración cartera (669-) recogerá el importe que nos cobre la entidad financiera por esta gestión (si es el caso). Esta subcuenta tendremos que crearla dentro de la cuenta Otros gastos financieros (669).
Puede ser que al final del ejercicio tengamos derecho a unos dividendos pero la empresa que los reparte no haya cerrado todavía su contabilidad y nos pague en el ejercicio siguiente, entonces debido a la aplicación del Principio de Devengo y si conocemos con certeza el importe que nos será repartido contabilizaremos el siguiente ingreso:
Cuando cobremos, en el ejercicio siguiente:
Obligación de Declarar
Jurisprudencia y Doctrina
Consulta 1 BOICAC nº 88/2011 Derechos recibidos en pago de un dividendo
Consulta 12 BOICAC nº 85/2011 Dividendos recibidos
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