Asiento de gastos por investigación y desarrollo I+D con prestador de servicio sujeto IRPF

Asiento de gastos por investigación y desarrollo I+D con prestador de servicio sujeto IRPF

DebeHaber
XXXGastos de investigación y desarrollo del ejercicio (620)
XXXHacienda Pública, IVA soportado (472)
Acreedores por prestaciones de servicios (410)XXX

Descuento del IRPF retenido sobre el total de la Factura
XXXAcreedores por prestaciones de servicios (410)
Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas (4751)XXX

Tratamiento sobre Gastos por Investigación o Desarrollo


    A lo largo del ejercicio se irán cargando en esta cuenta los gastos de esta naturaleza que sean encargados a empresas externas a la nuestra, Universidades u otras instituciones.

    Los gastos originados por la investigación se irán cargando en las cuentas que según la naturaleza del gasto corresponda  del grupo 6 cuando sea la propia empresa la que realice las investigaciones o el desarrollo.

    Al cierre del ejercicio pasaremos dichos gastos al activo de la empresa (los activamos) si cumplen los siguientes requisitos:

        
  1. Estar específicamente individualizados por proyectos y su coste claramente establecido.

  2.     
  3. Tener motivos fundados del éxito técnico y de la rentabilidad económica del proyecto.

    Para activar estos gastos de investigación (pasar al activo de la empresa) y así poder amortizarlos, realizamos el siguiente asiento:

XXXGastos de Investigación (200)
Gastos de Desarrollo (201)
Trabajos realizados inmovilizado intangible (730) XXX


(200) Recoge la indagación original y planificada que persigue descubrir nuevos conocimientos y superior comprensión de los existentes en los terrenos científico o técnico, que pasa a formar parte del activo y será amortizado.


(201) Recoge la aplicación concreta de los logros obtenidos de la investigación o de cualquier otro tipo de conocimiento científico, a un plan o diseño en particular para la producción de materiales, productos, métodos, procesos o sistemas nuevos, o sustancialmente mejorados, hasta que se inicia la producción comercial, que pasan a formar parte del activo y serán amortizados.


(730) Compensa los gastos realizados por la investigación y el desarrollo, además de los incurridos en otros procesos de creación de bienes comprendidos en el subgrupo 20.


    Si estos gastos de I+D (200 o 201) se patentan en el registro de la propiedad industrial, intelectual, etc. el asiento a realizar será:

XXXPropiedad industrial (203)
Gastos de investigación (200)
Gastos de desarrollo (201)
XXX


    O bien puede ser:

XXXAplicaciones informáticas (206)
Gastos de investigación (200)
Gastos de desarrollo (201)
XXX


Ejemplo

    La mercantil JPSA ha tenido durante 20X3 los siguientes gastos relacionados con un proyecto de I + D, cuya ejecución se estima en un plazo de 4 años, y que han sido convenientemente individualizados:

Gastos realizados afectos al proyectoImporte euros
Amortización de inmueble afecto a proyecto12.000
Amortización de maquinaria afecta a proyecto25.000
Compras de materiales122.000
Sueldos y salarios250.000
Trabajos realizados por otras empresas93.000
Total gastos502.000
    Dado que la empresa considera dicho proyecto viable técnicamente y que tendrá rentabilidad económico-comercial, decide a ginal de año activar los mencionados gastos.

    Se pide:
  1. Tratamiento contable del caso expuesto.
  2. Tratamiento contable en el caso de que to dos los gastos especificados hubiesen sido generados por un tercero y facturados a la empresa.

Solución

Caso a): Los gastos se irían contabilizando según se fuesen produciendo. Para simplicidad haremos un asiento conjunto:

37.000Amortización inmovilizado material (681)
122.000Compras materiales (600)
250.000Sueldos y salarios (640)
93.000Trabajos y servicios exteriores (629)
Amortización acumulada inmovilizado material (281) 37.000
Bancos (hemos suprimido el abono previo a su respectiva cuenta) 465.000
    Cuando activemos dichos gastos haremos:

502.000Gastos I + D (200)
Trabajos realizados por la empresa para inmovilizado intangible (730) 502.000
Caso b): En este caso, realizaremos el asiento expuesto al inicio de este comentario.

502.000Gastos I + D del ejercicio (620)
105.450HP Iva soportado (472)
Acreedores por prestación de servicios (410) 607.450
    Y en su activación:

502.000Gastos I + D (200)
Trabajos realizados por la empresa para inmovilizado intangible (730) 502.000


Obligación de Declarar

El artículo 35 de la ley 27/2014 de la LIS, permite la posibilidad de deducir de la cuota del impuesto de sociedades un porcentaje de los gastos realizados en actividades de I + D + i, deducción esta que deberemos consignar en la casilla 0588 del modelo 200.


    La cuenta Hacienda Pública, acreedor por retenciones practicadas (4751) recoge el importe que le hemos retenido a cuenta del IRPF.

    Cuando el acreedor nos envía la factura a pagar nos debe detallar la cuantía que hemos de retenerle (IRPF) del pago de la factura para su posterior ingreso en la Agencia tributaria (en el caso que se tenga la obligación de hacerlo).

Obligación de Declarar

Estas cantidades retenidas deben declararse, dentro de período que corresponda, en la casilla 9 del Modelo 111 de la AEAT y la base sobre las que se practican las mismas en la casilla 8 del mismo.


Formularios



Instrucciones para cumplimentar Modelo 111 de Retenciones y pagos a Cuenta.

ANEXOS
6204724104751

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