Las operaciones de LEASE-BACK integran un contrato de venta y un contrato de arrendamiento financiero sobre el mismo bien, estamos hablando de una operación de financiación.El asiento anterior se realizará en la formalización del contrato de LEASE-BACK, ya que de acuerdo con la Norma de Valoración 7ª del Plan General de Contabilidad Pyme, en este tipo de operaciones, "el arrendatario no variará la calificación del activo, ni reconocerá beneficios ni pérdidas derivadas de esta transacción; se registrará el importe recibido con abono a una partida que ponga de manifiesto el correspondiente pasivo financiero".Hasta 2007 en este tipo de operaciones había de darse de baja en nuestra contabilidad el inmovilizado material que vendíamos a la sociedad de leasing (incluyendo su amortización y deterioro) y, simultáneamente, registrar el valor neto contable del citado bien como inmovilizado intangible.
El contenido de las cuentas del anterior asiento es el siguiente:
La cuenta (572) recoge el importe de la venta más el IVA correspondiente a la misma.
La cuenta (174) recoge el importe del pasivo generado a largo plazo consecuencia del contrato de arrendamiento financiero formalizado sobre el activo vendido.
La cuenta (524) recoge el importe del pasivo generado a corto plazo consecuencia del contrato de arrendamiento financiero formalizado sobre el activo vendido.
La cuenta (477) el Impuesto sobre el Valor Añadido del precio de venta.
Ejemplo
Una empresa compró una máquina en 20X1 por 24.000 euros con una vida útil de 8 años y practicando por ella una amortización lineal. A finales de 20X4 decide, por problemas de liquidez, contratar un LEASE-BACK con una sociedad por un período de 3 años. La máquina posee una amortización acumulada de 12.000 euros y tiene dotada una provisión por depreciación de 1.200 euros.
Solución
Precio de adquisición
=
24.000 Euros
Amortización acumulada
=
12.000 Euros
Deterioro de valor
=
1.200 Euros
Valor neto contable
=
10.800 Euros
Precio de venta
=
10.800,00 Eur
Opción de compra
=
389,46 Eur
Intereses
=
2.568,25 Eur
Tipo IVA
=
21 %
Total cuota
=
(10.800 - 389,46) + 2.568,25
Total cuota
=
12.978,79 Euros
Cuota anual
=
4.326,26 Euros
IVA repercutido
=
2.268 Euros
Observamos que hablamos de un arrendamiento financiero porque la vida del activo es mayor que la del contrato, y su valor en la fecha de pagar la opción de compra es superior al precio de la opción.
La cuenta de Bancos (572) recoge el importe de venta de la máquina más el IVA que le repercutimos en la venta a la sociedad de leasing (10.800 + 2.268 = 13.068). La cuenta de Acreedores por arrendamiento financiero L/P (174) recoge el importe de las cuotas que pagaremos (excepto la primera cuota que será a corto plazo, 3 cuotas iguales) más el importe de la opción de compra. La cuenta de Acreedores por arrendamiento financiero a C/P (524) recoge el importe de la cuota que pagaremos este año. La cuenta Hacienda Pública, IVA repercutido (477) recoge el importe del IVA que le cobramos a la sociedad de leasing por la venta de nuestro inmovilizado.
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