Asiento de donación de propiedad industrial
Debe | | Haber |
XXX | Gastos excepcionales (678) | |
XXX | Amortización Acumulada del inmovilizado intangible (280) | |
XXX | Deterioro de Valor del Inmovilizado Intangible (290) | |
| | |
| Inmovilizado intangible (20-) | XXX |
| Hacienda Pública, IVA repercutido (477) | XXX |
Notas sobre Enajenación de Inmovilizado Intangible por Donación.
De acuerdo con la
Norma de Valoración 5ª del Plan General de Contabilidad Pyme, la valoración del bien deberá hacerse por su
valor razonable. También tendremos que dar de baja, en su caso, la amortización y el deterioro de valor que pudiésemos tener registrados para este activo.
Si la operación
NO está sujeta a
IVA entonces en el
HABER de este asiento no incluiremos la cuenta
Hacienda Pública, IVA repercutido (
477).
Tal y como se expresa en el apartado 1 del
artículo 15 de la
Ley 27/2014, de
Impuesto sobre Sociedades, no se entenderán comprendidos en esta letra e) los gastos por atenciones a clientes o proveedores ni los que con arreglo a los usos y costumbres se efectúen con respecto al personal de la empresa ni los realizados para promocionar, directa o indirectamente, la venta de bienes y prestación de servicios, ni los que se hallen correlacionados con los ingresos. No obstante, los gastos por atenciones a clientes o proveedores
serán deducibles con el
límite del 1 por ciento del importe neto de la cifra de negocios del período impositivo. Tampoco se entenderán comprendidos en esta letra e) las retribuciones a los administradores por el desempeño de funciones de alta dirección, u otras funciones derivadas de un contrato de carácter laboral con la entidad.
ANEXOS |
477 |
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