Asiento de compra de terrenos y bienes naturales para uso productivo
Tratamiento sobre la compra de Terrenos y Bienes Naturales.
La cuenta Terrenos y bienes naturales (210) recoge el importe del valor de los solares de naturaleza urbana o rústica y otros terrenos no urbanos como minas y canteras cuyo uso se realizará en la producción o suministro de bienes o servicios, o bien para fines administrativos. Los terrenos no sufren depreciación por lo que no se amortizan. Se incluirán en el precio de adquisición los gastos de acondicionamiento como cierres, movimientos de tierras, obras de saneamiento y drenaje, así como los de derribo de construcciones cuando sea necesario para poder efectuar obras de nueva planta, y también los gastos de inspección y levantamiento de planos cuando se efectúen con carácter previo a su adquisición, es decir, el precio de adquisición incluye, además del importe facturado por el vendedor, todos los gastos adicionales que se produzcan hasta su puesta en condiciones de funcionamiento, tales como:- Gastos directos e indirectos que se produzcan por la adquisición.
- Descontando los descuentos y rebajas de toda clase.
- Aranceles de importación.
- Impuestos indirectos no recuperables de la Hacienda pública.
- Costes de desmantelamiento, retiro y restauración.
- Costes directos e indirectos hasta su puesta en condiciones de funcionamiento, incluida la ubicación para que pueda operar en las condiciones previstas.
- Intereses si el inmovilizado tiene un periodo de puesta en funcionamiento superior a un año.
- Los gastos de urbanización del terreno teniendo como límite máximo el importe recuperable del terreno, tal y como señala la consulta nº 1 del BOICAC 96 de Diciembre de 2013.
- Serán considerados como mayor importe del inmovilizado todos los gastos hasta que el inmovilizado está en condiciones de funcionamiento.
- Minas, canteras y vertederos; que se amortizarían de acuerdo al factor de agotamiento de los mismos.
- Componentes depreciables que se registren en las cuentas de terrenos como pueden ser los cierres y vallados.
- Los costes de desmantelamiento, traslado y rehabilitación incluidos como costes del terreno. Caso de haberse incluido este tipo de costes en el propio terreno, esa parte de los mismos, se amortizará a lo largo del periodo en el que se obtengan beneficios por haber incurrido en ellos.
- No se corregirán los valores en el balance de apertura en relación con los gastos financieros devengados con anterioridad a la fecha de transición a los nuevos criterios.
- Se deberán capitalizar los gastos financieros devengados a partir de la fecha de transición cuando el inmovilizado o la existencia necesiten un periodo de tiempo superior a un año, contado desde la fecha de transición, para estar en condiciones de uso o de ser vendida, respectivamente.
- No se podrán capitalizar gastos financieros en inmovilizados o existencias que, desde la fecha de transición, necesiten un periodo de tiempo inferior a un año para estar en condiciones de uso o de ser vendidas, respectivamente (salvo que la empresa viniese capitalizando los gastos financieros en el marco del Plan General de Contabilidad de 1990 y el periodo de producción de los inmovilizados o las existencias supere el año desde su origen).
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