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Boletín nº33 02/09/2025

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¡Septiembre caliente!. Requerimientos de Hacienda en camino por discrepancias en Renta.
Equipo de Redacción, SuperContable.com - 28/08/2025
- Los técnicos de Hacienda explican qué personas / empresarios podrían recibir un requerimiento a la vuelta del verano.
- La prioridad es revisar las devoluciones de la Renta y requerir sobre aquellas en las que existan errores o discrepancias con los datos que dispone la Administración tributaria.

Dando voz a la secretaría del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), una vez finalizado el período estival y realizados los primeros cruces de datos en julio y tras el parón de agosto, los inspectores de Hacienda se han preparado para enviar avisos o requerimientos a autónomos y otros contribuyentes de IRPF, por las discrepancias encontradas en sus declaraciones.

Las (por muchos denominadas) "cartas del miedo", que se van a recibir desde este mes de Septiembre y hasta diciembre, normalmente serán notificaciones que no implican una sanción inmediata, que buscarán aclarar o corregir posibles errores en las declaraciones realizadas, si bien será necesario atenderlas de forma urgente para evitar problemas posteriores: contestar ante un requerimiento de información, aportar pruebas, o bien ya, presentar alegaciones en un procedimiento de comprobación limitada.
¿Quiénes recibirán estos requerimientos?
Contribuyentes cuyas declaraciones presenten divergencias o contradicciones con los datos que ya ostenta en su poder la Administración tributaria, y que normalmente afectarán a:
- Ingresos omitidos.
- Inmuebles no declarados.
- Ayudas, subvenciones o prestaciones no declaradas.
- Aplicación incorrecta de deducciones u otros incentivos fiscales.
- Discrepancias entre el nivel de vida aparente (como propiedades, vehículos, gastos) y los ingresos declarados.
- Además, en el caso de autónomos:
- Gastos imputados que no tienen una relación directa con la actividad.
- Descuadres con los modelos presentados durante el ejercicio, 130, 131 y 303 principalmente.
En cualquier caso, no debe resultar una opción para el contribuyente "dejar pasar" el aviso recibido, pues de este pudieran derivarse posteriores actuaciones de la Agencia Tributaria con consecuencias mucho más gravosas.

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