Boletín semanal
Boletín nº37 30/09/2025
Sigue leyendo más noticias y artículos de actualidad.
CONSULTAS FRECUENTES
¿Qué aspectos debo tener en cuenta para la correcta deducción de gastos de telefonía como trabajador autónomo?
Mateo Amando López, Departamento Contable-Fiscal de SuperContable.com - 26/09/2025
Cuando se desarrolla una actividad económica como autónomo es habitual dudar sobre cómo proceder ante determinados tipos de gastos desde el punto de vista de su deducibilidad fiscal, una veces por su naturaleza excepcional y otras por su carácter externo a la actividad desarrollada, lo que ocasiona que no tengan buen encaje en el registro de gastos a los ojos de Hacienda, como puede ocurrir con los gastos relacionados con vehículos o por manutención y dietas.
De hecho, el Consejo para la Defensa del Contribuyente ha identificado los gastos deducibles más problemáticos en las comprobaciones tributarias de los autónomos, incluyendo entre los mismos los de telefonía móvil.
¿Puedo deducirme el gasto asociado a la adquisición y uso de un teléfono móvil?
Ante la inexistencia de norma específica que regule este gasto concreto, debemos regirnos por el criterio general: la deducibilidad de los gastos está condicionada por el principio de su correlación con los ingresos, de tal forma que aquellos respecto de los que se acredite que se han ocasionado en el ejercicio de la actividad serán deducibles, mientras que cuando no exista esa vinculación o no se probase suficientemente no podrían considerarse como fiscalmente deducibles de la actividad económica.
Además, es criterio reiterado por la Dirección General de Tributos a la hora de determinar la deducibilidad de los gastos derivados del uso de una línea de telefonía móvil que serán deducibles los gastos incurridos en la medida en que esta línea se utilice exclusivamente para el desarrollo de la actividad económica. Si la línea de telefonía móvil se utiliza indistintamente para fines particulares como para fines profesionales, no podrá deducir gasto alguno.
Si una línea telefónica se utiliza exclusivamente para la actividad el gasto derivado de la misma será deducible. Entre dichos gastos se encontrará el de la adquisición del propio teléfono móvil, si bien dicha deducción deberá realizarse por la vía de la amortización, aplicando a su valor de adquisición el coeficiente de amortización correspondiente.
En este sentido, la afectación exclusiva de la línea de telefonía móvil a la actividad deberá ser acreditada fehacientemente en caso de comprobación o inspección, por ejemplo por la correlación entre llamadas realizadas y los datos de clientes o mediante el mantenimiento de distintas líneas para uso empresarial y particular.
Dicho esto, en caso de utilizar varias líneas de la misma compañía es necesario que en la factura se diferencie el importe correspondiente a cada línea a la hora de poder hacer efectiva su deducibilidad en el rendimiento de la actividad económica.
¿Y qué ocurre con los gastos de telefonía fija?
En el caso de una línea de telefonía fija la deducibilidad del gasto varía dependiendo de dónde desarrollamos la actividad económica.
Si trabajas desde un local u oficina, afectado integramente a la actividad, podrás deducir todo el importe de las facturas correspondientes.
Si por el contrario trabajas desde casa, sólo podrás deducir el porcentaje que resulte de aplicar un 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, como ocurre con el resto de suministros de la vivienda.
Importante:
La deducibilidad de cualquier gasto estará condicionada, además de a su correlación con los ingresos, por su justificación mediante el original de la factura normal o simplificada con identificación del destinatario y su registro en los libros-registro que obligatoriamente deben llevar los autónomos en estimación directa.
Sigue leyendo más noticias y artículos de actualidad.
