¿Cuándo debo presentar una declaración negativa?

Publicado: 14/01/2020

Boletín nº 02 - Año 2020


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Una declaración negativa es aquella declaración tributaria con un resultado cero, es decir, cuando no resulte ninguna cantidad a ingresar ni tampoco ningún importe a devolver o a compensar en una futura declaración.

Este tipo de declaración suele darse en los documentos de ingreso de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, tales como los modelos 111, 115, 123, etc, cuando, a pesar de haberse satisfecho rentas sometidas a retención o ingreso a cuenta, no hubiera procedido la práctica de retención o ingreso a cuenta alguno.

Por tanto, para presentar una declaración negativa debe existir algún tipo de renta a declarar, de tal forma que no procede la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho en el período de la declaración rentas sometidas a retención o ingreso a cuenta.

Si prevee que no se van a satisfacer más rentas objeto de retención debería darse de baja de la obligación de presentar el correspondiente modelo mediante una declaración censal (modelo 036), y de alta mediante otro modelo 036 cuando vaya a volver a satisfacer rentas objeto de retención o ingreso a cuenta.

A modo de ejemplo, imaginemos una sociedad que reparte dividendos durante diciembre de 2019 a sus dos únicos socios, también sociedades, con un porcentaje de participación del 50% cada uno. En los 20 primeros días de enero de 2020 deberá presentar el modelo 123 marcando la casilla de declaración negativa si durante el trimestre no ha satisfecho ningún otro tipo de renta de capital de carácter mobiliario.

Lo mismo sucedería con un autónomo que tiene contratado a un empleado con un contrato indefinido al que evidentemente le satisface su salario pero que, por razón de la cuantía y de las circunstancias personales y familiares del empleado, no debe aplicarle retención alguna. Presentará el modelo 111 marcando la casilla de declaración negativa.

Conclusión:

  • Se satisfacen rentas sometidas a retención: presentación del modelo correspondiente a ingresar.

  • Se satisfacen rentas sujetas a retención pero no se practica la retención: presentación negativa.

  • No se satisfacen rentas sujetas a retención: no se presenta el modelo.

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