Tras
haber dado la semana anterior las pautas para que conozcan los
límites y
condiciones que
obligan a las empresas a
formular las cuentas anuales consolidadas, este comentario va orientado
a describir
cuáles son los pasos fundamentales para una adecuada
consolidación contable. Según el Real
Decreto 1159/2010 de 17 de
septiembre por el que se aprueban las NOFCAC,
la formulación
de las cuentas
consolidadas consta de tres
etapas:
1.-
Homogeneización Esta etapa se
realiza en los tres métodos de consolidación
aplicables (método de integración
global, proporcional y puesta en equivalencia). La
homogeneización exige que: a) Las
cuentas de las distintas sociedades que van a consolidar
estén expresadas en la misma moneda (en la de la sociedad dominante), por lo que si hay empresas
extranjeras habrá que expresar sus estados financieros en dicha moneda. b) Las
cuentas estén referidas al mismo periodo temporal.
Por ejemplo,
si las cuentas de la matriz abarcan el ejercicio 2010, las de las
sociedades
participadas tienen que corresponder a este mismo periodo. No obstante,
si se
acaba de adquirir una participación en una sociedad que
entra a consolidar, su
cuenta de resultados se integrará desde la fecha de la
compra. c) Las
distintas sociedades utilicen los mismos criterios contables
que la dominante. Por
ejemplo, si la matriz amortiza sus
edificios en 20 años y sus equipos informáticos
en 5 años, estos mismos
criterios se aplicarán al resto de sociedades. d) Las
operaciones entre empresas deben estar contabilizadas por el
mismo importe en las sociedades que han intervenido, es
decir, si una sociedad ha vendido a la otra
mercancías por 10.000 euros, ambas
tendrán que tener contabilizadas esta operación
por dicho importe. e) Las
cuentas de las sociedades que consolidan tienen que presentar
la misma estructura y utilizar los mismos términos contables. Antes de
proceder a la agregación de las
cuentas de las sociedades que consolidan (siguiente etapa)
habrá que verificar
que se cumplen estos criterios de homogeneidad y si no fuera
así, habrá que
realizar los ajustes necesarios. 2.-
Agregación Se suman las
distintas partidas de balance y de la cuenta de resultados
de las sociedades que consolidan. Esta
segunda
fase se aplica en los métodos de consolidación
por integración global y por
integración proporcional, si bien en este segundo
método los importes
correspondientes a las sociedades multigrupo van ponderados por el
porcentaje
que posee en ellas la dominante. En el
método
de consolidación por puesta en equivalencia no se realiza
esta agregación, sino
que se elimina del balance de la dominante el valor contable de la
participación y se sustituye por el porcentaje que le
corresponde de los fondos
propios de la sociedad participada. 3.- Ajustes o
eliminaciones Una vez
obtenido el balance agregado se procede a realizar una serie de ajustes
o eliminaciones con el fin de depurar las
posibles operaciones entre las
sociedades del grupo, así como los resultados (positivos o
negativos) generados
en éstas. En la
preparación de las cuentas consolidadas se trata el conjunto
del grupo como si
fuera una empresa individual, de ahí que se elimine esta
operatoria interna. Estos ajustes
se realizan en los tres métodos de consolidación,
si bien cada uno de ellos
presenta sus propias peculiaridades. Aunque se
requiere una mayor profundización (a realizar en otros
comentarios posteriores), a título
de ejemplo podemos señalar los siguientes: a) Eliminación
inversión financiera - Fondos propios de las
sociedades dependientes: La
participación de la matriz (o de otra sociedad del grupo) en
la sociedad
dependiente figura contabilizada en su activo en la rúbrica
"participaciones en empresas del grupo" y representa una parte de los
fondos propios de la sociedad participada. Ambas partidas se eliminan.
b) Operaciones internas de
compra-venta de mercaderías: Una sociedad
vende mercaderías a otra del grupo obteniendo un beneficio.
Esta operación se
contabiliza en la cuenta de resultados de la primera como "venta" y
en la de la segunda como "compra". Ambas partidas se eliminan, para
evitar "inflar" la actividad del grupo con operaciones internas. Si la compra
aún no se ha pagado, su importe figurará en el
balance de la primera en la
partida de "clientes" y en el de la segunda en la de
"proveedores". Ambas partidas también se eliminan. Por último, si
la sociedad vendedora ha obtenido un beneficio en esta
operación también hay
que realizar un ajuste y eliminarlo. Todas
estas operaciones internas se han calificado en una forma de las
grandes
sociedades de evadir impuestos, ya que a través de
transacciones entre las
sociedades del grupo se consigue reducir el beneficio de unas y pagar
por tanto
menos impuestos e incluso hay otros casos en los que los dirigentes
establecen
el domicilio social de la sociedad matriz en aquellos países
donde los
impuestos o son muy reducidos o disfrutan de importantes rebajas
fiscales. Este
tema ha levantado una gran preocupación en la actualidad.
c) Amortización de los
fondos de
comercio (elementos
intangibles de la empresa que implican valor) que se hayan
podido generar en la adquisición
de estas participaciones.
d) Otros.
Dpto.
Contable de RCR Proyectos de Software.
Este comentario
es una cortesía de la Página Web Supercontable.com
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