Índice. Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica

LEY 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

  TÍTULO I. Disposiciones generales

      Art. 1. Objeto.
      Art. 2. Prestadores de servicios de certificación sujetos a la ley.
      Art. 3. Firma electrónica, y documentos firmados electrónicamente.
      Art. 4. Empleo de la firma electrónica en el ámbito de las Administraciones públicas.
      Art. 5. Régimen de prestación de los servicios de certificación.

  TÍTULO II. Certificados electrónicos

    CAPÍTULO I. Disposiciones generales

      Art. 6. Concepto de certificado electrónico y de firmante.
      Art. 7. Certificados electrónicos de personas jurídicas.
      Art. 8. Extinción de la vigencia de los certificados electrónicos.
      Art. 9. Suspensión de la vigencia de los certificados electrónicos.
      Art. 10. Disposiciones comunes a la extinción y suspensión de la vigencia de certificados electrónicos.

    CAPÍTULO II. Certificados reconocidos

      Art. 11. Concepto y contenido de los certificados reconocidos.
      Art. 12. Obligaciones previas a la expedición de ertificados reconocidos.
      Art. 13. Comprobación de la identidad y otras circunstancias personales de los solicitantes de un certificado reconocido.
      Art. 14. Equivalencia internacional de certificados reconocidos.

    CAPÍTULO III. El documento nacional de identidad electrónico

      Art. 15. Documento nacional de identidad electrónico.
      Art. 16. Requisitos y características del documento nacional de identidad electrónico.

  TÍTULO III. Prestación de servicios de certificación

    CAPÍTULO I. Obligaciones

      Art. 17. Protección de los datos personales.
      Art. 18. Obligaciones de los prestadores de servicios de certificación que expidan certificados electrónicos.
      Art. 19. Declaración de prácticas de certificación.
      Art. 20. Obligaciones de los prestadores de servicios de certificación que expidan certificados reconocidos.
      Art. 21. Cese de la actividad de un prestador de servicios de certificación.

    CAPÍTULO II. Responsabilidad

      Art. 22. Responsabilidad de los prestadores de servicios de certificación.
      Art. 23. Limitaciones de responsabilidad de los prestadores de servicios de certificación.

  TÍTULO IV. Dispositivos de firma electrónica y sistemas de  certificación de prestadores de servicios de certificación y de dispositivos de firma electrónica

    CAPÍTULO I. Dispositivos de firma electrónica

      Art. 24. Dispositivos de creación de firma electrónica.
      Art. 25. Dispositivos de verificación de firma electrónica.

    CAPÍTULO II. Certificación de prestadores de servicios de certificación y de dispositivos de creación de firma lectrónica

      Art. 26. Certificación de prestadores de servicios de certificación.
      Art. 27. Certificación de dispositivos seguros de creación de firma electrónica.
      Art. 28. Reconocimiento de la conformidad con la normativa aplicable a los productos de firma electrónica.

  TÍTULO V. Supervisión y control

      Art. 29. Supervisión y control.
      Art. 30. Deber de información y colaboración.
Arrtículo 31. Infracciones.
      Art. 32. Sanciones.
      Art. 33. Graduación de la cuantía de las sanciones.
      Art. 34. Medidas provisionales.
      Art. 35. Multa coercitiva.
      Art. 36. Competencia y procedimiento sancionador.

  DISPOSICIONES

    Disposición adicional primera. Fe pública y uso de firma
electrónica.
    Disposición adicional segunda. Ejercicio de la potestad sancionadora sobre la entidad de acreditación y los organismos de certificación de dispositivos de creación de firma electrónica.
    Disposición adicional tercera. Expedición de certificados electrónicos a entidades sin personalidad jurídica para el cumplimiento de obligaciones tributarias.
    Disposición adicional cuarta. Prestación de servicios por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
    Disposición adicional quinta. Modificación del artículo 81 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
    Disposición adicional sexta. Régimen jurídico del documento nacional de identidad electrónico.
    Disposición adicional séptima. Emisión de facturas por vía electrónica.
    Disposición adicional octava. Modificaciones de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
    Disposición adicional novena. Garantía de accesibilidad para las personas con discapacidad y de la tercera edad.
    Disposición adicional décima. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

    Disposición transitoria primera. Validez de los certificados electrónicos expedidos previamente a la entrada en vigor de esta ley.
    Disposición transitoria segunda. Prestadores de servicios de certificación establecidos en España antes de la entrada en vigor de esta ley.

    Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

    Disposición final primera. Fundamento constitucional.
    Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
    Disposición final tercera. Entrada en vigor.

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