Disposición Adicional 4ª. Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

Normativa
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Disposición adicional cuarta. Cumplimiento de trámites.




    Cuando un plazo para evacuar un trámite de un procedimiento en materia de propiedad industrial expire en sábado, el trámite de que se trate se podrá efectuar válidamente en el primer día hábil siguiente a ese sábado.

Legislación



- Índice de la Ley 17/2001 De Marcas

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