Artículo 357. Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de Julio, texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital

Normativa
Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de Julio, texto refundido de la Ley de Sociedades de capital

Artículo 357. Protección de los acreedores de las sociedades de responsabilidad limitada.



    Los socios de las sociedades de responsabilidad limitada a quienes se hubiere reembolsado el valor de las participaciones amortizadas estarán sujetos al régimen de responsabilidad por las deudas sociales establecido para el caso de reducción de capital por restitución de aportaciones.

Ver redacción artículo 103 SL antigua Ley 2/1995 S.L.


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Normas comunes a separación y exclusion del socio

Legislación



- Indice del Real Decreto Legislativo. 1/2010 de Sociedades de Capital

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