Artículo 19.
Redacción válida hasta 31-03-2017, según Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. 1. Las invenciones para las que se presente una solicitud de patente o de otro título de protección exclusiva dentro del año siguiente a la extinción de la relación de trabajos o de servicios podrán ser reclamadas por el empresario. 2. Será nula toda renuncia anticipada del trabajador a los derechos que la Ley le otorga en este Título.Legislación
Art. 19 Ley 24/2015. Carga de la prueba y renuncia de derechos.Legislación
- Índice de la Ley 11/1986 Patentes de invención y modelos de utilidadSiguiente: Artículo 20 Ley 11/1986, de 7 de diciembre, de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.