Artículo 184. R.D. de 22 Agosto de 1885, Código Comercio

Normativa
Real Decreto de 22 de Agosto de 1885, del Código de Comercio

Artículo 184




    Corresponderán principalmente a la índole de estas Compañías las operaciones siguientes:

    1.ª La construcción de vías férreas y demás obras públicas, de cualquiera clase que fueren.
    2.ª La explotación de las mismas, bien a perpetuidad o bien durante el plazo señalado en la
concesión.

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