Artículo 17 Ley 4/1997, de 24 de Marzo, reguladora de las sociedades laborales

Normativa
Ley 4/1997, de 24 de marzo, reguladora de las Sociedades Laborales

Artículo 17. Disolución de la sociedad.



Redacción válida hasta 13-11-15, según Ley 44/2015.

    1. Las sociedades laborales se disolverán por las causas establecidas en las normas correspondientes a las sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, según la forma que ostenten.

    2. Los Estatutos sociales podrán establecer como causa de disolución la pérdida de la condición de "sociedad laboral" por la sociedad.

Legislación



- Indice de la Ley 4/1997 de Sociedades Laborales

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