Artículo 17 Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial

Normativa
Ley 20/2003, de 7 de julio, de protección jurídica del diseño industrial

Artículo 17. Efectos de la presentación de la demanda.




    1. Presentada la demanda ejercitando la acción a que se refiere el artículo anterior, no podrá ser retirada la solicitud de registro del diseño sin el consentimiento del demandante.

    2. En el Registro de Diseños se anotará a instancia de parte interesada la presentación de la demanda, así como la sentencia firme o cualquier otra forma de terminación del procedimiento iniciado en virtud de dicha demanda.

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