Artículo 155.
Será de aplicación al cheque lo dispuesto en los artículos 85, 86 y 87 para la letra de cambio. La referencia que el último párrafo del artículo 87 hace el artículo 19 se entenderá hecha al 127.Legislación
- Índice de la Ley 19/1985 Cambiaria y del cheque///2285$Art. 85 LCCH$Artículo 85 Ley Camb. y del Cheque///2286$Art. 86 LCCH$Artículo 86 Ley Camb. y del Cheque///2287$Art. 87 LCCH$Artículo 87 Ley Camb. y del Cheque///2219$Art. 19 LCCH$Artículo 19 Ley Camb. y del Cheque///2327$Art. 127 LCCH$Artículo 127 Ley Camb. y del ChequeSiguiente: Artículo 156. Ley 19/1985, de 16 de julio, ley cambiaria y del Cheque
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