Artículo 134. Ley 19/1985, de 16 de julio, ley cambiaria y del Cheque

Normativa
Ley 19/1985, de 16 de Julio, Ley cambiaria y del cheque

Artículo 134.




    El cheque es pagadero a la vista. Cualquier mención contraria se reputa no escrita.
    El cheque presentado al pago antes del día indicado como fecha de emisión, es pagadero el día de la presentación.

Legislación



- Índice de la Ley 19/1985 Cambiaria y del cheque

ANEXOS
Art. 137 LCCH

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