Artículo 23. Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.

Normativa
Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.

Artículo 23. Base liquidable en el almacenamiento centralizado de residuos de media, baja y muy baja actividad.



    1. En el almacenamiento centralizado de residuos de media, baja y muy baja actividad, a que se refiere el apartado 1.c) delartículo 22, la base liquidable se obtendrá por aplicación a la base imponible de un coeficiente multiplicador K de reducción, de acuerdo con la siguiente expresión:




BL = K x BI



    En la que:

    BL: Base liquidable.

    BI: Base imponible.


    2. El coeficiente K se obtendrá por la aplicación de la siguiente fórmula:



K = VNC + VC x fC + VSI x fSI + VLI x fLI + VMX x fMXVNC + VC + VSI + VLI + VMX


    
    En la que:

    VNC: Volumen de residuos no compactables ni incinerables introducidos para su almacenamiento definitivo.

    VC: Volumen de residuos compactables introducidos para su almacenamiento definitivo.

    fC: Factor de reducción de volumen por compactación.

    VSI: Volumen de residuos sólidos que se someten a tratamiento de incineración previo al almacenamiento definitivo.

    fSI: Factor de reducción de volumen por incineración de residuos sólidos.

    VLI: Volumen de residuos líquidos que se someten a tratamiento de incineración previo al almacenamiento definitivo.

    fLI: Factor de reducción de volumen por incineración de residuos líquidos.

    VMX: Volumen de residuos que se someten a tratamiento mixto de compactación e incineración previo al almacenamiento definitivo.

    fMX: Factor de reducción de volumen por tratamiento mixto de compactación e incineración.


    3. Los factores de reducción tomarán los valores siguientes:

FactorValor
fC 1 
2,6
fSI  1  
12,1
fLI  1  
15,3
fMX 1 
7,8



NOTA: Redacción modificada (apartado 3) por la corrección de errores publicada en BOE nº 59, de 9 de marzo de 2013.

Legislación



Art. 22 Ley 15/2012 Base imponible.

Siguiente: Art. 24. Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.

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