Anexo. Real Decreto 1937/2004, Reglamento de ejecución Ley 20/2003 de diseño Industrial

Real Decreto 1937/2004, de 27 de septiembre, reglamento de ejecución de la Ley 20/2003, de protección jurídica del diseño industrial.



ANEXO

Reproducción gráfica del diseño


    1. La representación gráfica del diseño consistirá en su reproducción gráfica o fotográfica, en blanco y negro o en color, y deberá cumplir los siguientes requisitos:

    a) Salvo que la solicitud se presente o remita en soporte electrónico, de acuerdo con lo previsto en el párrafo d), la reproducción se adherirá o imprimirá sobre hojas de papel aparte, o en la página prevista para ello en el formulario puesto a disposición de los solicitantes por la Oficina Española de Patentes y Marcas.

    b) Si se presenta en hojas de papel aparte, el diseño se reproducirá en papel blanco opaco, adherido o impreso directamente. Las hojas serán de tamaño DIN A4 (29,7 x 21 cm) con un margen izquierdo de al menos 2,5 cm, y no se doblarán ni graparán. En la parte superior de la hoja se indicará el número de perspectivas de conformidad con el apartado 2 y, en caso de solicitud múltiple, además, el número consecutivo del diseño.

    c) Las dimensiones de la reproducción no excederán de 26,2 x17 cm, y aquélla deberá poseer el suficiente contraste y nitidez como para distinguir con precisión las características del objeto de la protección solicitada y permitir reducir o ampliar cada una de sus vistas o perspectivas a un tamaño que no exceda de 8 x 16 cm para su inscripción en el Registro de diseños y su publicación de acuerdo con lo previsto en la ley. Los diseños se reproducirán sobre fondo neutro, sin retoques a tinta o líquido corrector. La representación no podrá incluir expresiones o símbolos explicativos salvo la indicación «parte superior», si se estima necesaria, y, en todo caso, el nombre y dirección del solicitante.

    d) Cuando, según lo previsto en el artículo 6.3 de este reglamento, se autorice la presentación de solicitudes electrónicas, las condiciones, requisitos y características técnicas de la reproducción gráfica o fotográfica del diseño y el formato de realización, así como las modalidades de identificación de los diferentes diseños en las solicitudes múltiples o de las diversas perspectivas, se determinarán según lo previsto en el apartado 1 de la disposición adicional octava de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

    2. La representación de cada diseño podrá comprender desde una hasta siete vistas diferentes del diseño solicitado, que podrán agruparse en una única y misma reproducción que no exceda de las dimensiones establecidas en el apartado 1. Si las reproducciones agrupadas no mostraran suficientemente las características de apariencia del diseño, se podrá exigir del solicitante la presentación de las vistas en hojas separadas con las dimensiones estándar, numerándose cada una de ellas por el solicitante con dos números árabes separados por un punto, de los cuales el primero corresponderá al diseño, y el segundo, a la perspectiva. Si se acompañaran más de siete vistas o perspectivas, la Oficina Española de Patentes y Marcas podrá no tomar en consideración, tanto a efectos de su registro como de su publicación, las que excedan de este límite, siguiendo el orden en que las hubiera numerado el solicitante.

    3. Cuando el diseño conste de un patrón repetitivo sobre una superficie, su representación mostrará el patrón completo y una porción suficiente de la superficie repetitiva.

    4. Cuando el diseño cuyo registro se solicita consista en caracteres tipográficos, su representación comprenderá la de todas las letras del alfabeto, en mayúsculas y en minúsculas, y las cifras arábigas, así como un texto de cinco líneas producido con la fuente tipográfica, todos ellos en el tamaño de fuente 16.

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Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

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