¿QUÉ ELEMENTOS COMPONEN LA MASA PASIVA?
La Ley no establece un definición muy precisa de los créditos que componen la masa pasiva del concurso. Según el artículo 251 del texto refundido de la Ley Concursal, constituyen la masa pasiva los créditos contra el deudor que conforme a esta Ley no tengan la consideración de créditos contra la masa; por lo que habrá que acudir a la definición de "crédito contra la masa", para poder determinar, de forma negativa, los créditos que forman parte del pasivo del concurso.
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- ¿Qué son los créditos contra la masa?
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