Tramitación automatizada de resoluciones sobre altas y bajas de trabajadores en la Seguridad Social desde 1 de junio de 2025
Avance en la digitalización de la Seguridad Social.
La implantación de la tramitación electrónica automatizada es un hito en el proceso de modernización de la Administración de la Seguridad Social. Con esta medida, se espera reducir los tiempos de tramitación, minimizar errores y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tanto para empresas como para trabajadores, consolidando el uso de medios electrónicos como canal preferente para la relación con la Administración Pública. Asimismo, la automatización de estos procedimientos supondrá un importante avance en términos de eficiencia y seguridad jurídica. Las resoluciones se firmarán electrónicamente mediante el sello electrónico de la TGSS, garantizando la autenticidad e integridad de los actos administrativos. Además, los actos administrativos automatizados se considerarán adoptados por los directores de las Administraciones de la Seguridad Social correspondientes, en función del código de cuenta de cotización de las empresas o la sede de actividad de los trabajadores autónomos. El proceso de tramitación electrónica estará plenamente integrado en el Sistema RED, la plataforma digital utilizada por empresas y profesionales para gestionar sus obligaciones con la Seguridad Social. Los autorizados RED podrán realizar consultas, presentar solicitudes y aportar documentación a través de servicios como CASIA (Coordinación, Atención y Soporte Integral al Autorizado), que facilita la apertura y seguimiento de casos, la gestión de incidencias y la comunicación directa con la TGSS.Las resoluciones automatizadas podrán ser recurridas.
Las resoluciones automatizadas no pondrán fin a la vía administrativa, por lo que los interesados podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes ante la dirección provincial de la TGSS correspondiente. Este aspecto garantiza el derecho de los ciudadanos a la tutela administrativa y la posibilidad de revisar las decisiones adoptadas por medios electrónicos. No obstante, para evitar llegar a este extremo será fundamental asegurar que los datos comunicados en las solicitudes de alta y baja sean precisos y completos, puesto que el sistema automatizado no contempla revisión manual previa. La TGSS no ha anunciado un periodo de adaptación, por lo que se prevé que la aplicación sea directa desde el 1 de junio, lo que hace especialmente relevante anticipar cualquier ajuste técnico o procedimental necesario para evitar errores o rechazos en la tramitación. Además, de cara a la entrada en vigor de esta medida, las empresas y los profesionales con empleados, así como sus asesores, deben prever la necesidad de adaptar sus procedimientos internos para garantizar la correcta gestión y seguimiento de las notificaciones electrónicas, de tal forma que cuenten con los certificados digitales actualizados y los apoderamientos requeridos formalizados, controlen diariamente el buzón electrónico y mantengan una coordinación efectiva para evitar la pérdida de plazos o incidencias en la tramitación de altas y bajas de trabajadores.Legislación
Resolución de 9 de abril de 2025 de TGSS de tramitación electrónica automatizada de Resoluciones de altas y bajas.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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