HORAS EXTRAORDINARIAS
![]() | Si la empresa no acredita las horas extraordinarias con el registro se toma en consideración el cálculo del trabajador. |
![]() | Si la empresa no acredita las horas extraordinarias con el registro se toma en consideración el cálculo del trabajador. |
![]() | No cumplir con la obligación de registrar la jornada no exime a la empresa de pagar las horas extraordinarias a los trabajadores. |
![]() | Presunción realización horas extras si trabajador aporta indicios cuando la empresa incumpla obligación de registro de jornada. |
![]() | Registro de jornada y carga de la prueba de la realización de horas extraordinarias. |
![]() | Reclamación de 49,99 Euros por horas extraordinarias. Falta de afectación general. Nulidad de actuaciones. |
![]() | Reclamación por horas extraordinarias. Falta de afectación General. Nulidad de actuaciones. Reitera doctrina STS. 24-11-2010 (rcud. 108/2010). |
![]() | Reclamación de 335,80 Euros por horas extraordinarias. Falta de afectación general. Nulidad de actuaciones. |
![]() | Reclamación de 1.305,39 Euros por horas extraordinarias. Falta de afectación general. Nulidad de actuaciones. Reitera doctrina sobre afectación general de sentencias de 17 Y 18 de Mayo de 2010 (RCUD. 2978/09 Y 3736/2009) y en ls de 23/9/2010 (RCUD 3212/09). |
![]() | Transportes Unidos de Asturias, S.L. Reclamación de cantidad por horas extraordinarias: Falta de cuantía y de afectación general. Nulidad de actuaciones. Reitera doctrina de la STS de 24.11.2010 (rcud. 108/2010) y 7.12.2010 (rcud. 1296/2010) para otros trabajadores de la misma empresa y circunstancias. |
![]() | Reclamación de Horas Extraordinarias por importe inferior a 1.800 euros. Afectación general. No cabe recurso de Suplicación. Anulación de las actuaciones practicadas. |
En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.
Accede al resto del contenido aquí
Siguiente: Jurisprudencia sobre complemento de turnicidad
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.